Please use this identifier to cite or link to this item: http://hdl.handle.net/2445/206202
Title: La lección del Nunca Más. Una aproximación interdisciplinar al contenido y alcance jurídico internacional de la obligación estatal de garantizar la no repetición a través de la educación en memoria. Informe Final
Author: Alija Fernández, Rosa Ana
Aragoneses, Alfons
Alonso Dávila, Isabel
Bastos Visser, Ricardo Gervasio
Bonet Pérez, Jordi
Bustos Bustos, Francisco Félix
Chein Feres, Marcos Vinício
Souza Rodrigues, Julia de
Luján Ermini, Marilina María del
Díez Gutiérrez, Enrique Javier
Espinosa, Paula Elvira
Estévez Araújo, José Antonio
Giménez Merino, Antonio
Girona, Joan Maria
Herrera de Lima, Natalia
Higuera Rubio, Diego
Lizama Jirón, Valentina
Madrid Pérez, Antonio
Menéndez Morro, Àgueda
Ramos Toledano, Joan
Rodrigues Bertoldi, Márcia
Silveira Siqueira, Gustavo
Valle Rodrigues, Milena
Vecchioli, Virginia
Garcia Rangel, Alan Wruck
Gordillo Ferré, Jose Luis
Keywords: Drets humans (Dret internacional)
Memòria col·lectiva
Human rights (International law)
Collective memory
Issue Date: Dec-2022
Abstract: Conceptualmente, el proyecto giró en torno a las garantías de no repetición, es decir: medidas orientadas a evitar futuros incumplimientos del Derecho internacional, de muy diversa naturaleza, pues virtualmente pueden consistir en cualquier cosa (siempre que no resulte abusiva), aunque las más habituales en la práctica internacional son la adopción/derogación/reforma de legislación o de medidas administrativas y las medidas de carácter institucional (relativas a la existencia, organización o funcionamiento de órganos del Estado). Cuando un Estado incumple una obligación internacional –y, por tanto, comete un hecho internacionalmente ilícito–, la principal consecuencia que surge para él es la obligación de reparar, en cualquier de sus tres formas –restitución (o, en su caso, compensación por equivalencia), indemnización o satisfacción (reparación moral)–. Además, en circunstancias excepcionales, tendría también la obligación de ofrecer garantías de no repetición1. Esas “circunstancias excepcionales” vienen en esencia delimitadas por la existencia de violaciones graves de normas imperativas de Derecho internacional, como ocurre cuando se lesionan de manera flagrante o sistemática derechos humanos fundamentales, prácticas que a su vez están tipificadas como crímenes internacionales (genocidio o crímenes contra la humanidad). Por tanto, cuando en el interior de un Estado se cometen atrocidades de esa naturaleza, bien por parte de las propias autoridades estatales, bien por parte de actores no estatales cuyo comportamiento no ha sido prevenido o reprimido por el Estado, surgiría para este la obligación de ofrecer garantías de no repetición.
URI: http://hdl.handle.net/2445/206202
Appears in Collections:Documents de treball / Informes (Dret Penal i Criminologia, i Dret Internacional Públic i Relacions Internacionals)

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