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dc.contributor.advisorMachado Plazas, José-
dc.contributor.authorRodríguez Montserrat, Alex-
dc.date.accessioned2024-03-20T08:40:02Z-
dc.date.available2024-03-20T08:40:02Z-
dc.date.issued2023-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/2445/209004-
dc.descriptionTreballs Finals del Doble Grau d'Administració i Direcció d'Empreses i de Dret, Facultat d'Economia i Empresa i Facultat de Dret, Universitat de Barcelona. Curs: 2022-2023. Tutor: José Machado Plazasca
dc.description.abstractLa reciente reforma concursal aprobada por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, introduce cambios significativos en la calificación del concurso de acreedores. El legislador ha optado, como destaca en su Exposición de Motivos, por no suprimir la Sección Sexta de Calificación, que constituye una pieza dentro del procedimiento concursal que tiene como finalidad valorar la conducta del deudor o de sus representantes legales, y en el caso de la persona jurídica, de los administradores o liquidadores, en ambos casos de hecho o de derecho, y de los directores generales. La valoración de la conducta tiene que tener presente que la actuación de aquéllos ha sido dolosa o con culpa grave (imputación subjetiva reforzada) y que ha generado o cuanto menos agravado la insolvencia del deudor. Cuando hacemos referencia a insolvencia nos referimos a insolvencia actual, que a tenor del art. 2 TRLC es aquel estado en el que el deudor “no puede cumplir regular y puntualmente con sus obligaciones exigibles” frente a una pluralidad de acreedores, no nos referimos a la insolvencia inminente ni tampoco a la insolvencia probable (o probabilidad de la insolvencia). El análisis de la normativa de la sección sexta constituye un interesante su estudio, debido a su interés formativo y práctico. La nueva normativa busca un procedimiento más simplificado con el objetivo de agilizar y acortar los plazos, a la par que reforzar la protección de los intereses de los acreedores y, en general, de la empresa en crisis. En el presente Trabajo de Fin de Grado acometo el estudio de las principales reformas sustantivas y procesales de la reforma concursal de la Ley 16/2022, que constituyen, en su conjunto normas de prevención general, para evitar actuaciones a través de un sistema de sanciones civiles, que generen o agraven la insolvencia. El sistema de sanciones civiles, incluida la responsabilidad concursal, es analizado en el presente estudio.ca
dc.format.extent72 p.-
dc.format.mimetypeapplication/pdf-
dc.language.isospaca
dc.rightscc-by-nc-nd (c) Rodríguez Montserrat, 2023-
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/es/*
dc.sourceTreballs Finals de Grau (TFG) - Dret i Administració i Direcció d'Empreses (Doble Grau)-
dc.subject.classificationDirecció d'empresescat
dc.subject.classificationDret concursalcat
dc.subject.classificationConcurs de creditorscat
dc.subject.classificationTreballs de fi de grau-
dc.subject.otherIndustrial management-
dc.subject.otherBankruptcy-
dc.subject.otherMeeting of creditors-
dc.subject.otherBachelor's theses-
dc.titleLa calificación del concurso de acreedores tras la reforma de la Ley Concursal 16/2022 : Un análisis sobre la nueva regulación de la calificación del concurso de acreedores en el procedimiento concursal ordinario y el impacto de la reforma sobre la legislación concursalca
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisca
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessca
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