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dc.contributor.authorRozas Valdés, José Andrés-
dc.date.accessioned2016-04-25T10:04:43Z-
dc.date.available2016-04-25T10:04:43Z-
dc.date.issued2015-10-01-
dc.identifier.issn2444-5762-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/2445/97800-
dc.description.abstractEl 10 de diciembre de 2014 se publicó en el núm. 6767 del Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, la Ley 15/2014, de 4 de diciembre, por la que se crea en esta Comunidad Autónoma el impuesto sobre la provisión de contenidos por parte de prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas y de fomento del sector audiovisual y la difusión cultural digital, en adelante IPSCE (la versión en castellano de dicha ley se publicó en el Boletín Oficial del Estado, núm. 309, de 23 de diciembre de 2014). Durante todo el año 2014 se había venido trabajando en el mismo, pero su tramitación parlamentaria fue verdaderamente acelerada, pues la fecha de registro del proyecto de ley en el Parlamento, el 19 de noviembre, es apenas un mes anterior al de su aprobación. El Gobierno de la Nación ha anunciado su intención de presentar recurso de nconstitucionalidad contra el mismo, pese a lo que la Generalitat no renuncia a su implantación, estan do pendiente a la fecha de redacción de estas líneas su necesario des arrollo reglamentario, sin el que no es posible su aplicación efectiva. Se trata de un impuesto propio de la Comunidad autónoma catalana por el que se sujeta a gravamen la provisión de servicios de adsl y cuya recaudación está afectada a la financiación de políticas culturales de la Generalitat de Cataluña en el ámbito del sector audiovisual y digital. El objeto del presente trabajo es presentar a los lectores italianos dicho impuesto, verdaderamente singular, exponiendo en primer lugar su naturaleza y características generales (epígrafe 1) para a partir de la exposición de sus elementos estructurales y régimen aplicativo y sancionador (epígrafe 2) abordar una aproximación a su eventual inconstitucionalidad y vulneración del Derecho comunitario (epígrafe 3) y terminar con unas conclusiones sobre su razón de ser y el problema que aborda (epígrafe 4).-
dc.format.extent37 p.-
dc.format.mimetypeapplication/pdf-
dc.language.isospa-
dc.publisherRDU Revistas especializadas-
dc.relation.isformatofReproducció del document publicat a: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=5320122-
dc.relation.ispartofRevista de Privacidad y Derecho Digital, 2015, vol. Octubre 2015, num. 1, p. 139-176-
dc.rights(c) RDU Revistas especializadas, 2015-
dc.sourceArticles publicats en revistes (Dret Administratiu, Dret Processal, Història del Dret i Dret Financer i Tributari)-
dc.subject.classificationComunicacions digitals-
dc.subject.classificationImpostos-
dc.subject.classificationCatalunya-
dc.subject.otherDigital communications-
dc.subject.otherTaxation-
dc.subject.otherCatalonia-
dc.titleEl impuesto catalán sobre la provisión de servicios de comunicaciones electrónicas.-
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article-
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion-
dc.identifier.idgrec657472-
dc.date.updated2016-04-25T10:04:48Z-
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess-
Appears in Collections:Articles publicats en revistes (Dret Administratiu, Dret Processal, Història del Dret i Dret Financer i Tributari)

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