Aguilar Hendrickson, Manuel2017-09-072017-09-0720101134-7147https://hdl.handle.net/2445/115122Los Servicios Sociales contemporáneos, máxime tras la aprobación de la nueva generación de leyes de Servicios Sociales en esta década, se presentan a menudo como una ruptura con la tradición de la beneficencia, contraponiéndose el derecho subjetivo a los Servicios Sociales con el carácter graciable que se atribuye a aquel sistema. Este artículo analiza algunos de los rasgos institucionales fundamentales de la beneficencia pública, especialmente en el siglo XIX, y pone de manifiesto en qué medida la ruptura entre ambos modelos no es tan evidente. Al contrario, el autor muestra cómo, en el marco de una transformación que afirma hacer tabla rasa del pasado, se mantienen elementos estructurales importantes del régimen precedente, como la frag- mentación competencial o la reticencia -al menos hasta la aprobación de la Ley de Dependencia y de algunas de las nuevas leyes autonómicas de Servicios Sociales- al reconocimiento de derechos espe- cíficos a la ciudadanía, más allá de las obligaciones asignadas al Estado, sobre todo en el ejercicio de su función tutelar.8 p.application/pdfspacc-by-nc-nd (c) Aguilar Hendrickson, Manuel, 2010http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/esPolítica socialBeneficènciaDrets socials i econòmicsSocial policyCharitiesSocial and economic rightsLa huella de la beneficencia en los servicios socialesinfo:eu-repo/semantics/article5946312017-09-07info:eu-repo/semantics/openAccess