Martín Núñez, Esther2025-01-282025-01-282018978-84-9123-616-0https://hdl.handle.net/2445/218064La calificación democrática del Estado que la Constitución proclama en su artículo primero permite identificar la participación ciudadana como uno de sus elementos basilares, junto con el pluralismo político y la transparencia y el control del poder. La participación como principio (art. 9.2 CE) viene acompañada, además, en el texto constitucional de su configuración como un derecho fundamental del ciudadano. Así se proclama en el art. 23 de la Constitución, de cuyo enunciado se deriva el reconocimiento de un conjunto de derechos que expresan la «vertiente subjetiva de toda la estructura del Estado democrático». La determinación del contenido y alcance de los mismos han requerido numerosos pronunciamientos del Tribunal Constitucional que han ido perfilando los concretos contornos de nuestra democracia constitucional, el significado que adquiere la representación política como derecho fundamental y su operatividad para articular los derechos de los representantes políticos como contrapoder, especialmente para la minoría (oposición).13 p.application/pdfspa(c) Marcial Pons, José Tudela et al., 2018Participació políticaDrets fonamentalsPolitical participationCivil rightsLa configuración jurisprudencial de la representación política como derecho fundamental. Un elemento de contrapoder.info:eu-repo/semantics/bookPartinfo:eu-repo/semantics/openAccess