Burriel Rodríguez-Diosdado, Pepa2020-09-222024-12-012019-12-012444-3476https://hdl.handle.net/2445/170722Para los supuestos de percepción de dos prestaciones de Seguridad social incompatibles, la legislación prevé el mecanismo de reembolso adecuado; sin embargo, en el caso de suplicación que, a continuación, se analiza, se aprecian una serie de matices que no pueden implicar la automatización al aplicar la norma. Por otra parte, se considera que, pese al criterio integrador del Tribunal de suplicación en la resolución de la incompatibilidad prestacional, podía había ido más allá, aplicando el principio administrativo de confianza legítima que debe presidir cualquier actuación administrativa y que, en caso de incumplimiento, generaría, a nuestro modo de ver, la nulidad de cualquier acto administrativo.8 p.application/pdfspa(c) Editorial Aranzadi, 2019JubilacióPensionsSeguretat socialProcediment administratiuRetirementPensionsSocial securityAdministrative procedureIncompatibilidad entre prestaciones de la Seguridad Social el reintegro de prestaciones indebidasinfo:eu-repo/semantics/article7015202020-09-22info:eu-repo/semantics/openAccess