Polanco Martínez, Fernando2025-07-022025-07-022024-07https://hdl.handle.net/2445/221964El procedimiento de recaudación en España está compuesto por la sucesión de actos administrativos que emprende una Administración tributaria (estatal, autonómica o local) para cobrar las deudas tributarias que pesan sobre el contribuyente, esto es, para que el contribuyente cumpla con sus obligaciones tributarias. La recaudación, según el art. 160 de la Ley General Tributaria, puede hacerse en «período voluntario» por parte del contribuyente, dentro del plazo y como consecuencia de las comunicaciones escritas que la Administración le dirige (un aviso de padrón o una notifiacación de liquidación, por ejemplo). Superada esta fase voluntaria, si no se ha cumplido con la obligación fiscal, las Administraciones tributarias inician la fase ejecutiva de apremio en la que ejercen control administrativo y activan procedimientos ejecutivos para asegurar el cobro de la deuda. Esta fase también implica una serie de comunicaciones escritas, entre ellas la notificación de la providencia de apremio y la notificación de la diligencia de embargo.48 p.application/pdfspa(c) Editorial Aranzadi, S.A.U., 2024Dret fiscalComunicació en l'administració públicaTax lawCommunication in public administrationLos géneros del procedimiento de recaudación de las Administraciones tributarias españolas a partir del corpus ComTClarinfo:eu-repo/semantics/bookPartinfo:eu-repo/semantics/openAccess