Cano Fernández, Sonia2025-02-062025-02-062022-12-150214-7246https://hdl.handle.net/2445/218578Nuestro ordenamiento jurídico reconoce en el artículo 125 de la Constitución el derecho de los ciudadanos a poder ejercitar la acción popular. A diferencia de lo que ocurre en la enorme mayoría de Estados del mundo, el Ministerio Fiscal no goza en España del monopolio de la acusación. La cuestión radica en determinar si realmente debe admitirse que los ciudadanos puedan promover la acción de la justicia, toda vez que esa misma función ya está encomendada al Ministerio Fiscal. Es por ello que el presente trabajo pretende revisar las supuestas finalidades que persigue la acción popular en el proceso penal y que han sido señaladas por nuestra jurisprudencia y doctrina. De este modo se podrá determinar si son legítimas y si realmente consiguen el objetivo previsto. De lo contrario, quizá sea necesario adoptar las decisiones legislativas adecuadas al respecto.23 p.application/pdfspa(c) Instituto Vasco de Derecho Procesal, 2022Procediment penalAcció popularAccions i defenses (Dret)Criminal procedurePopular actionsActions and defensesLa acusación popular: ¿en crisis?info:eu-repo/semantics/article7274222025-02-06info:eu-repo/semantics/openAccess