Huici Sancho, Laura2025-02-242025-02-242020-122318-5732https://hdl.handle.net/2445/219169La Organización Internacional del Trabajo (en adelante OIT) se creó tras la Primera Guerra Mundial con el objetivo de facilitar la definición de estándares mínimos universales de derechos sociolaborales. La OIT desarrolla su función normativa a través de la aprobación de convenios y/o recomendaciones, que los Estados miembros pueden o no ratificar e incorporar o no, en consecuencia, a sus ordenamientos jurídicos internos. Su especificidad radica, por un lado, en su carácter de Organización internacional con vocación de universalidad y, por otro lado, en el tripartismo que caracteriza su funcionamiento, con la participación en sus órganos principales no solo de representantes de los gobiernos de los Estados miembros, sino también de las principales organizaciones sindicales y empresariales de los mismos. Estas características esenciales dotan de legitimidad específica la actividad normativa de la OIT, haciéndola especialmente relevante para el reconocimiento, protección y promoción internacional de los derechos sociolaborales.26 p.application/pdfspa(c) Huici Sancho, L., 2020Organismes internacionalsDret internacional del treballDrets socials i econòmicsInternational agenciesInternational labor laws and legislationSocial and economic rightsThe international Labor Organization as guarantee of multilateralism in the Internatonal Recognition, protection an promotion of social labor rights - La Organización Internacional del Trabajo como garante del multilateralismo en el reconocimiento, protección y promoción internacional de los derechos sociolaboralesinfo:eu-repo/semantics/article7077062025-02-24info:eu-repo/semantics/openAccess