Please use this identifier to cite or link to this item: http://hdl.handle.net/2445/194062
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dc.contributor.advisorJoshi Jubert, Ujala-
dc.contributor.authorCamacho Almanza, Mauricio-
dc.contributor.otherUniversitat de Barcelona. Facultat de Dret-
dc.date.accessioned2023-02-24T10:21:31Z-
dc.date.available2023-02-24T10:21:31Z-
dc.date.issued2023-02-09-
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/2445/194062-
dc.description.abstract[spa] La apertura del Código Penal a la posibilidad de hacer responsable penalmente a la persona jurídica invita a plantear nuevas propuestas dogmáticas sobre instituciones como la pena. Aunque sea mayoritaria la posición doctrinal que entiende que la sanción penal debe ser considerada como una sanción administrativa o una medida de seguridad, también hay espacio para desarrollar argumentos que defiendan que esta forma de sanción es una verdadera pena, aunque con ciertos matices. Considerar que las sanciones que el Código Penal establece para una persona jurídica son verdaderas penas no debería resultar extraño o indefendible. Primero porque imponer penas a colectivos, y en particular a personas jurídicas, no es una novedad sino un acontecimiento que tiene precedentes a lo largo de la historia del derecho europeo. Segundo porque la persona jurídica puede llegar a adquirir ciertas características y capacidades que le permiten ser castigada con una pena en términos más o menos similares que en el caso de una persona física. Esto último se ve favorecido por un proceso penal que es flexible y permite la entrada a esta entidad como parte pasiva, pero siempre manteniendo el respeto por las garantías y derechos fundamentales que deben estar presente en todo momento. Es justamente este proceso penal, que a su vez permite distinguir entre una pena y una sanción administrativa, y acaba revistiendo a la primera con un efecto estigmatizador que no está presente en esa segunda clase de sanción. Además esta diferenciación se ve reforzada por otra serie de factores como las distinciones entre el catálogo de penas para la persona jurídica y las sanciones administrativas que pueden imponerse a esta entidad: notablemente con la aparición de figuras como la pena disolución o la intervención judicial desconocidas por el derecho administrativo sancionador. Asimismo en un Derecho Penal que hoy en día se caracteriza por su expansión, se abre la posibilidad a entender que la pena también puede cumplir su fin cuando se impone a una persona jurídica, flexibilizando ciertos principios que rigen en esta rama penal.ca
dc.format.extent264 p.-
dc.format.mimetypeapplication/pdf-
dc.language.isospaca
dc.publisherUniversitat de Barcelona-
dc.rights(c) Camacho Almanza, Mauricio, 2023-
dc.sourceTesis Doctorals - Facultat - Dret-
dc.subject.classificationDret penal-
dc.subject.classificationPersones jurídiques-
dc.subject.classificationPenes-
dc.subject.otherCriminal law-
dc.subject.otherJuristic persons-
dc.subject.otherPunishment-
dc.titleNaturaleza y fin de la sanción penal para la persona jurídicaca
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesisca
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion-
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessca
dc.identifier.tdxhttp://hdl.handle.net/10803/687759-
Appears in Collections:Tesis Doctorals - Facultat - Dret

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