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Si us plau utilitzeu sempre aquest identificador per citar o enllaçar aquest document: https://hdl.handle.net/2445/229849

Menores de edad, sexting y deepfakes

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Resum

El trabajo analiza de forma sistemática el tratamiento jurídico penal del sexting y de las denominadas ultrafalsificaciones o deepfakes de contenido sexual, examinando su encaje en los delitos contra la intimidad y, en su caso, en los relativos a la pornografía infantil. Respecto del sexting, se distingue entre modalidad primaria y secundaria, otorgando centralidad al umbral de los dieciséis años y a la validez del consentimiento en el ámbito de la libertad sexual. Se defiende una interpretación coherente que excluya la tipicidad —o, al menos, la concurrencia de los delitos de pornografía infantil y los subtipos agravados de los delitos contra la intimidad— cuando exista proximidad de edad y simetría relacional, reservando la intervención penal para supuestos de auténtica vulnerabilidad o asimetría. En relación con las ultrafalsificaciones, se estudia la relevancia típica de la creación y difusión de imágenes sexualizadas generadas artificialmente sin intervención real de la víctima, destacando los problemas de calificación jurídica que plantean.

Citació

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FERNÁNDEZ BAUTISTA, Silvia. Menores de edad, sexting y deepfakes. Revista General de Derecho Penal. 2026. Vol. 45, num. 1-32. ISSN 1698-1189. [consulted: 24 of June of 2026]. Available at: https://hdl.handle.net/2445/229849

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