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cc-by-nc-nd (c) Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1996
Please use this identifier to cite or link to this item: https://hdl.handle.net/2445/157720

El Grupo Mixto y el transfuguismo político. Un comentario a la sentencia del Tribunal Constitucional 44/1995, de 13 de febrero

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El Grupo Mixto es una figura prevista en todas las Asambleas Legislativas del Estado español, tanto en el ámbito estatal como autonómico. Así, los Reglamentos del Congreso y del Senado de 1982 (este último reformado en 1994) (1) prevén este grupo, en el que se inscriben aquellos parlamentarios que no formen parte de ningún grupo parlamentario cuando finalice el plazo para su constitución (arts. 27 RCD y 30 RS). También se incorporan al mismo los parlamentarios que causen baja de su grupo durante la legislatura por cualquier motivo y no se incorporen a otro (art].s. 27 RCD y 30.3 RS)[...].

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LARIOS PATERNA, María Jesús. El Grupo Mixto y el transfuguismo político. Un comentario a la sentencia del Tribunal Constitucional 44/1995, de 13 de febrero. Revista Espanola de Derecho Constitucional. 1996. Vol. 46, num. 239-255. ISSN 0211-5743. [consulted: 17 of June of 2026]. Available at: https://hdl.handle.net/2445/157720

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