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Si us plau utilitzeu sempre aquest identificador per citar o enllaçar aquest document: https://hdl.handle.net/2445/54232
Albaceazgo y usufructo
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Resum
Al ser el Impuesto sobre Sucesiones un tributo generacional su importe -que no su devengo- es fácilmente previsible y susceptible de una favorable planificación. Ciertamente, la divina providencia puede frustrar de forma sorprendente -si es que alguien puede sorprenderse de que la vida esté sujeta a caducidad- la más alambicada de las planificaciones fiscales de la sucesión. Pero es igualmente irrefutable que se tiene toda la vida por delante para programar un relevo generacional en la titularidad del patrimonio lo más liviano posible, en términos tributarios.
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Citació
Citació
ROZAS VALDÉS, José andrés. Albaceazgo y usufructo. _El Fisco _. 2003. Vol. 85, núm. 23-30. [consulta: 7 de febrer de 2026]. ISSN: 1698-2231. [Disponible a: https://hdl.handle.net/2445/54232]