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La Administración de los tributos en Estados compuestos

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Resum

En los Estados de naturaleza compuesta -en los que conviven diversos niveles de gobierno en la organización del poder territorial- uno de los retos de más compleja resolución a la hora de articular el modelo de distribución competencial entre sus instituciones financieras es, justamente, el de la vertebración de su administración tributaria. La doctrina financiera ha distinguido, a este respecto, entre tres ámbitos de responsabilidades constitucionales en lo relativo a materias financieras, en general, y tributarias, en particular: las potestades normativas, las administrativas y las relativas a los ingresos públicos. Centrando la cuestión en el ámbito tributario, la primera vendría referida al diseño del sistema tributario, la segunda a su administración, y la tercera a la titularidad de los rendimientos que del mismo se derivasen. La presente comunicación se centra en lo relativo al modelo de administración de los tributos en Estados compuestos para tratar de demostrar, a partir de la experiencia española al respecto, y a la luz de otras experiencias comparadas, que en línea de principio el modelo ideal en un Estado del siglo XXI, que pudiera prescindir en su diseño de condicionantes históricos, políticos y administrativos -lo que, evidentemente, es utópico- pasaría por optar por la implantación de una Administración integrada de rango constitucional, y dependiente de la Cámara legislativa de representación territorial, con un estatuto orgánico propio en el que su organización interna se construyera sobre un modelo de desconcentración política y administrativa que otorgase un papel relevante en su gobierno a las Asambleas representativas de los niveles subcentrales de organización territorial.

Citació

Citació

ROZAS VALDÉS, José andrés. La Administración de los tributos en Estados compuestos. _ECJ Leading cases_. 2018. Vol. Mayo 2018, núm. 1-17. [consulta: 24 de desembre de 2025]. [Disponible a: https://hdl.handle.net/2445/126120]

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