Articles publicats en revistes (Dret Privat)
URI permanent per a aquesta col·leccióhttps://hdl.handle.net/2445/12543
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- ArticleJuntas clandestinas y nulidad de acuerdos sociales(Aranzadi, 2025-03-24) Morales Barceló, JudithLa junta clandestina, reflejo de un conflicto societario, es aquella que se convoca con intención de que algún o algunos socios no tengan conocimiento de la misma, por haber un cambio sorpresivo en la forma de la convocatoria, por haberse convocado durante el mes de agosto o bien haber dirigido la convocatoria a un domicilio que no es el real del socio. El elevado número de resoluciones de nuestros tribunales analizadas permite afirmar que la finalidad principal de estas juntas es adoptar un acuerdo de cese de administradores o bien de ampliación de capital. A pesar de que las juntas han sido correctamente convocadas, es posible impugnar los acuerdos sociales adoptados en esas juntas por vulneración de la ley, en concreto, por abuso de derecho o fraude de ley.
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Los derechos de los pacientes en asistencia sanitaria transfronteriza(Aranzadi La Ley, 2014) Burriel Rodríguez-Diosdado, PepaLa Directiva 2011/24/UE relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en asistencia sanitaria transfronteriza, fruto de un largo camino jurisprudencial, debía ser traspuesta al ordenamiento jurídico interno, antes del 25 de octubre de 2013. La efectiva trasposición se ha realizado con el RD 81/2014 de 7 de febrero, por el que se establecen normas para garantizar la asistencia sanitaria transfronteriza, y por el que se modifica el RD 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación. La Directiva otorga seguridad jurídica a los derechos de los pacientes en esta materia, pero deja muchos frentes abiertos sin resolver, debiendo el derecho interno ajustar la trasposición, si no quiere exponerse a un problema todavía mayor de turismo sanitario. España no factura adecuadamente la asistencia sanitaria recibida en nuestro país por ciudadanos europeos, según se ha puesto de manifiesto desde diversas instancias desde hace más de cinco años. Es necesario corregir de inmediato estos problemas tanto por el importante déficit presupuestario sanitario creado en las Comunidades Autónomas como para lograr una aplicación efectiva y sin desigualdades de la asistencia sanitaria transfronteriza. ¿Será capaz el país de hacerlo con las normas establecidas en el RD 81/2014 o estamos ante un mecanismo insuficiente? El presente texto trata de evidenciar qué es lo que realmente reconoce la Directiva y su trasposición, e incluso sus propios errores, exclusivamente en cuanto a derechos de los pacientes y hacia dónde debería tender una perfecta trasposición de la misma para dar cumplimiento a los importantes derechos de los que se reconocen en el texto europeo, sin limitar la libertad de elección y movilidad de los pacientes y garantizando una asistencia médica sometida a las mismas reglas de libertad que el resto del mercado único europeo.Article
La participación en la junta por medios telemáticos: asistencia y ejercicio del derecho de voto(Aranzadi, 2020-07-01) Morales Barceló, JudithEn este artículo se analizan dos medidas relacionadas con las nuevas tecnologías, que afectan a la junta general de las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada: por un lado, la asistencia telemática y, por otro, el ejercicio del derecho de voto por correspondencia postal, electrónica u otro medio de comunicación a distancia. A pesar de que están reguladas en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) cabe destacar que no lo están de una forma clara ni satisfactoria. Aunque solo están previstas en la Ley para las sociedades anónimas, se ha admitido su aplicación también a las sociedades de responsabilidad limitada. La asistencia telemática, prevista en el artículo 182 LSC, se permite cuando los estatutos hayan contemplado esta posibilidad y quede garantizada la identidad del sujeto. En este artículo estudiaremos en profundidad estos requisitos así como todo lo relativo al ejercicio de este derecho. La admisión de la asistencia telemática abre la posibilidad de la celebración de la junta de forma totalmente virtual, puesta en duda por parte de la doctrina y que el estado de alarma, decretado como consecuencia de la pandemia del Covid 19, ha admitido durante el mismo. En cuanto al derecho de voto, tal y como recoge el artículo 189 LSC, se puede ejercitar por correspondencia postal, electrónica u otro medio de comunicación a distancia, ya sea de forma previa o durante la celebración de la junta, cuando se garantice la identidad del sujeto. Tal y como se desarrollará en este artículo, será necesario que los estatutos o bien el reglamento de la junta determinen todo lo relativo, como podría ser el procedimiento admisible para emitir el voto, el plazo durante el cual la sociedad podrá recibir esos votos o quien debe custodiarlos. Finalmente, debemos apuntar que se dedicará un apartado a estudiar las diferencias de estas medidas cuando estén contempladas para las sociedades cotizadas, previstas en el artículo 521 LSC.- ArticleGrupos de sociedades y administrador de hecho(Il·lustre Col·legi d'Advocats de Barcelona, 2021-01-01) Morales Barceló, JudithAnte la ausencia en nuestro ordenamiento de un régimen sobre la responsabilidad aplicable a los grupos de sociedades, cabe plantearse si es posible exigir una responsabilidad a la sociedad dominante o a sus administradores. El análisis de la figura del administrador de hecho nos permite llegar a una respuesta afirmativa, cuando se acrediten unos requisitos. En el caso de que una sociedad filial sufra un perjuicio como consecuencia de las instrucciones impartidas por la sociedad dominante, la responsabilidad recaerá sobre sus propios administradores, a pesar de que el cumplimiento de esas instrucciones sea en beneficio del interés del grupo, salvo en los casos en los que se pueda acudir a la teoría de las ventajas compensatorias.
- ArticleLa participación de los representantes de los trabajadores en la elaboración de criterios sobre el uso de los dispositivos digitales. Comentario a la STS de 6 de febrero de 2024.(Iustel, 2024-07-01) Moreno Cáliz, SusanaLa sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que se somete al presente análisis versa sobre los derechos de los trabajadores a conocer la política de la empresa relativa al uso de los dispositivos digitales y a participar, a través de sus representantes, en la elaboración de los estándares mínimos de protección de la intimidad de las personas trabajadoras que utilizan equipos informáticos propiedad del empresario, ya sea en la empresa o en el lugar designado para teletrabajar, así como la salvaguarda de sus derechos fundamentales, frente al ejercicio de la facultad de control y vigilancia de la prestación de servicios inherente al poder de dirección del empleador.
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La denigración y la obstaculización como actos de competencia desleal. Análisis del Caso Ryanair(Aranzadi-La Ley, 2015-01-01) Morales Barceló, JudithLa aparición de las nuevas tecnologías ha generado una batalla entre las compañías aéreas y las agencias de viajes, que ofrecen sus servicios no sólo en sus establecimientos sino también a través de la red. La mediación de las agencias de viaje a través de internet consiste en la facilitación a los consumidores de una comparativa de precios de vuelos de diferentes compañías, de tal forma que pueden comprar los billetes de vuelo que consideren más convenientes para sus intereses, puesto que el buscador de la agencia on line les dirige a la página web de la compañía aérea que seleccionen los usuarios, pagando una comisión a la agencia de viajes por la gestión de búsqueda realizada. Ante esta situación, resulta de interés poner de relieve la reacción que ha tenido Ryanair Limited que ha consistido en realizar una serie de declaraciones relativas a las agencias on line, así como introducir en su página web una amenaza de cancelación de vuelos cuando los billetes se hubiesen comprado a través de una de esas agencias, con el fin de que los consumidores compren sus billetes directamente a través de su propia página web o de su central de reservas y, por tanto, no acudan a las agencias on line. Ante este comportamiento, diversas agencias on line, en concreto, Lastminute Network, S.L. (en adelante, Last Minute), Red Universal de Marketing y Booking Online, S.A. (en adelante, Rumbo) y Atrápalo, S.L. (en adelante, Atrápalo), han reaccionado demandado a Ryanair por considerar que su conducta constituye diversos actos de competencia desleal, en concreto, un acto de denigración y un acto de obstaculización contrario a la buena fe. En el presente trabajo se analizan las tres sentencias del Tribunal Supremo en las que se han resuelto las demandas planteadas y, podemos avanzar, ha sido condenada Ryanair en atención a los hechos relatados.Article
Pactos parasociales Vs. estatutos sociales: eficacia jurídica e impugnación por su infracción(Aranzadi, 2014-01-01) Morales Barceló, JudithLa ausencia de una regulación específica aplicable a los pactos parasociales es la razón por la que han surgido posiciones contrarias sobre su eficacia jurídica y posible impugnación de los acuerdos sociales cuando vulneren un pacto parasocial, en aquellos supuestos en los que haya una coincidencia subjetiva total entre el pacto parasocial y el contrato social. De lege lata, los pactos parasociales no son oponibles a la sociedad y su infracción no es, por sí sola, causa de impugnación de los acuerdos sociales, tal y como ha sido admitido por el Tribunal Supremo y una parte de la doctrina. Sin embargo, de lege ferenda, siguiendo a la doctrina mayoritaria, debería ser admisible, por ser contrario a los actos propios, la impugnación de un acuerdo social que se contrario a un pacto de carácter privado y previo, acordado de forma unánime por todos los socios.- ArticleÚltimas novedades sobre los permisos retribuidos(Iustel, 2025-05-01) García-Viña, J.Los permisos retribuidos están presentes en el Ordenamiento Jurídico español desde hace mucho tiempo; al menos, si nos referimos al período constitucional, desde la primera versión del Estatuto de los Trabajadores de 1980. Si bien es verdad que el artículo 37.3 de esta norma, que es el que contiene estos permisos ha ido sufriendo modificaciones a lo largo del tiempo, la entrada en vigor del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, y posteriores reformas, ha supuesto una verdadera revolución en la gestión de las relaciones laborales en las empresas, tanto por los cambios introducidos, como por la deficiente técnica legislativa que está ocasionando múltiples conflictos jurídicos.
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¿Las indemnizaciones adicionales en los casos de extinción del contrato de trabajo a las reguladas en el Estatuto de los Trabajadores son válidas?(Universidad Carlos III, 2023-12-04) García-Viña, J.En las normas laborales hay diversos supuestos en los que el empresario debe pagar determinadas indemnizaciones por sus conductas, especialmente en casos de extinción del contrato de trabajo donde, desde 1980, existe una regulación fundamentada en un baremo objetivo y predeterminado, según el salario y la antigüedad del trabajador. A partir de la pandemia y fruto de la regulación específica dictada en aquel período, diversos tribunales se han planteado la posibilidad de conceder una indemnización adicional entendiendo que la cuantía legal tasada no es suficientemente disuasoria. Los tribunales, fundamentándose en el control de convencionalidad, han entendido aplicable el art. 24 de la Carta Social Europea (revisada), así como la interpretación que ha realizado en diversas decisiones el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa. Sin embargo, sólo una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 30 de enero de 2023 ha concedido una indemnización adicional.Article
La formación profesional dual como mecanismo de creación de empleo juvenil(Centro de Estudios Financieros, 2020-02-01) García-Viña, J.El desempleo juvenil en el mundo es uno de los principales problemas. En Europa, y especialmente en España, las tasas son muy altas y existe, desde hace mucho tiempo, una situación de total desajuste entre el sistema educativo y el mercado de trabajo. Para poder solventar esta cuestión, es necesario apostar, según el cuarto objetivo de desarrollo sostenible, por el aprendizaje permanente, que en nuestro país tiene como principal herramienta la formación profesional dual. El análisis de la formación profesional dual, su evolución y situación actual, la comparación con otros sistemas europeos, el contrato para la formación y aprendizaje como mecanismo de inserción en el mercado de trabajo, los aspectos formativos y las cuestiones relativas a la Seguridad Social forman parte de este análisis que concluye con unas propuestas.Article
Hacia un modelo híbrido de prestación de trabajo: smart working(ADAPT University Press, 2021-01-01) García-Viña, J.Los modelos de trabajo híbrido no son novedosos en las empresas de los diferentes países de la Unión Europea. De hecho, son diversas las empresas que lo han venido utilizando desde hace tiempo. Sin embargo, la situación derivada de la pandemia de Covid-19 ha ocasionado que muchas empresas hayan tenido que adaptarse a la nueva situación sanitaria en tiempo récord mediante la implantación de diferentes modalidades de este trabajo híbrido. Así, según una encuesta realizada por Eurofound, casi la mitad de los asalariados ha estado trabajando desde casa durante este período, de los cuales más de 1/3 ha prestado servicios desde casa de manera exclusiva. De esta manera, la mayoría de estos nuevos mecanismos, que posiblemente se conviertan en estructurales, no se desarrollan después de un proceso de reflexión y de aceptación entre los sujetos presentes en la relación laboral, sino son fruto de la propia situación que ha obligado a implementarlos de manera repentina. Ahora bien, a la hora de definir el futuro de este trabajo híbrido es fundamental el papel que ha de jugar la negociación colectiva para regular las condiciones de trabajo teniendo en cuenta, de manera especial, la protección de datos y los derechos digitales.Article
Nuevas formas de convivencia de carácter familiar o cuasi familiar(Dyckinson S.L, 2017) Ballester Casanella, BlancaLa principal finalidad de este trabajo es presentar la institución jurídica de las relaciones convivenciales de ayuda mutua prevista en el Libro II del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 25/2010, de 29 de julio, como otra fórmula de convivencia diferente a la matrimonial, y analizar los requisitos necesarios para su constitución y los efectos de su extinción.Article
Conciliación Familiar y Nuevas Tecnologías: e-learning y teletrabajo(Aranzadi, 2018-09) Ballester Casanella, BlancaHoy en día todavía hay muchas personas que viven con la dificultad de conciliar la vida laboral, familiar y personal, sin embargo, las nuevas tecnologías plantean soluciones innovadoras para poder conseguir el equilibrio entre dichos ámbitos. En esta reflexión sobre la conciliación y las TIC, se ha analizado como las nuevas tecnologías influyen en la conciliación, un problema muy común entre los trabajadores, sobre todo para aquellos que tienen familia y trabajan a jornada completa. El estudio realizado hace una breve descripción de los términos: conciliación y TIC, así como también analiza cuáles son las tecnologías claves para lograr el pleno equilibrio laboral y familiar. En el presente estudio, también se habla de la relevancia del denominado teletrabajo y el e-learning: dos metodologías de trabajo a distancia que suponen un gran paso hacia la efectiva conciliación laboral, familiar y personal.Article
La necesaria garantía de los derechos laborales en España a través del Trabajo Decente: progresa insuficientemente(CIELO LABORAL, COMUNIDAD para la INVESTIGACIÓN y el ESTUDIO LABORAL y OCUPACIONAL, 2022-05) Burriel Rodríguez-Diosdado, PepaEl denominado “trabajo decente” se configura como un fin en sí mismo, pero, también, como una herramienta para alcanzar la paz, la justicia y la igualdad entre mujeres y hombres, este último, eje transversal de cualquier actuación política, pública o empresarial.Article
El rol de género en la Universidad española como obstáculo para la consecución de la igualdad y no discriminación entre mujeres y Hombres(CIELO LABORAL, COMUNIDAD para la INVESTIGACIÓN y el ESTUDIO LABORAL y OCUPACIONAL, 2022-03) Burriel Rodríguez-Diosdado, PepaEl derecho a la igualdad y la no discriminación tienen rango constitucional en España (art. 14 CE) ynuestro actual acervo normativo para la consecución de la igualdad y no discriminación entre mujeres y hombres es cada vez mayor y mejor. Sin embargo, pese a este avance en la igualdad jurídica, formal, en el ámbito de la Universidad existe todavía un marcado rol de género que impide la efectividad de la igualdad y no discriminación, corriéndose el riesgo de trasmitir tan negativo legado a las diferentes profesiones prácticas, entre ellas, las relacionadas con el derecho.Article
Las TIC como instrumento aplicado a la conciliación, mediación y arbitraje en el ámbito laboral(Universitat Oberta de Catalunya, 2017-09-25) Ballester Casanella, BlancaEn el ámbito laboral, cuando el derecho es disponible, los trabajadores pueden resolver sus controversiaspor medio de la jurisdicción y de los sistemas alternativos de resolución de conflictos: negociación,conciliación, mediación y arbitraje. El concepto de acceso a la justicia está evolucionando drásticamente poniendo en evidencia la capacidad de las TIC y las ADR, para satisfacer una parte de la demanda social de justicia. La mediación ya ha conquistado el mundo de las relaciones colectivas y ahora está buscando su imprescindible papel en el campo de la resolución del conflicto individual de trabajo como el derecho de las partes a resolver sus disputas a través de medios informales y adecuados.Article
La protección de los trabajadores en el marco de la economía colaborativa y en las plataformas digitales(Dyckinson S.L, 2019-12) Ballester Casanella, BlancaEl mercado laboral está sufriendo una profunda trasformación con la aparición de la economía colaborativa y las plataformas virtuales que ofrecen servicios -trasporte por ciudad, mensajería, limpieza- descentralizando completamente su actividad productiva y subcontratando trabajadores autónomos individuales, para que presten dichos servicios a sus clientes. La contratación de un autónomo reporta muchas más ventajas económicas y administrativas al empresario que la contratación de un trabajador asalariado, por ello no es de extrañar, que pese a que el empresario pueda ser sancionado, trate de correr el riesgo de simular fraudulentamente una relación civil, mercantil o administrativa cuando verdaderamente lo que existe es una relación laboral. Las nuevas tecnologías, han dado así lugar a la creación de plataformas digitales que, tergiversando la esencia de la economía colaborativa, han desarrollado verdaderos modelos de negocio, basados en la elusión de la normativa laboral y de Seguridad Social tal y como así está evidenciando la Inspección de Trabajo y algunos juzgados de lo social, al hallar otras características de la relación con la plataforma, que evidencian su naturaleza laboral. Por todo ello, la cuestión más importante será tratar de determinar, que tipo de relación jurídica vincula a las personas que colaboran con las plataformas digitales, es decir, si deben ser considerados asalariados de la plataforma, o deben ser considerados trabajadores por cuenta propia.Article
Consumer Protection in online marketplaces(Universidade Federal de Minas Gerais, 2024-04-25) Arroyo Amayuelas, EstherRegulation (EU) 2022/2065 of the European Parliament and of the Council of 19 October 2022, on a Single Market for Digital Services, replaces part of the E-Commerce Directive and sets out a comprehensive new regulatory framework for online platforms and internet and digital services. It also addresses consumer protection in Art. 6.3 (online marketplace safe harbours). The purpose of this norm is to provide protection for consumers in the event that the seller who uses the platform to supply its services breaches the contract with the consumer, as long as certain requirements are met. The following pages will analyse whether the rule does indeed fulfil this goal.Article
La responsabilidad de los intermediarios en internet ¿puertos seguros a prueba de futuro? Liability of internet intermediaries safe and future-proof harbours?(Universidad Carlos III de Madrid, 2020-12-01) Arroyo Amayuelas, EstherTranscurridos 20 años desde la promulgación de la Directiva 2000/31, de 8 de junio de 2000, sobre comercio electrónico (DCE), parece llegado el momento de adaptar sus exenciones de responsabilidad a los nuevos modelos de negocio en internet. Todo indica que la nueva DCE no tendrá ya por finalidad preservar los puertos seguros con que ahora cuentan los prestadores de servicios de intermediación (arts. 12-14 DCE), sino prevenir que las nuevas estructuras digitales (plataformas) promuevan y difundan actividades ilícitas. En definitiva, se prevé un incremento de sus deberes de diligencia, con el riesgo de censura provocado por un exceso de celo en la búsqueda de ilegalidades y el correspondiente perjuicio para la libertad de información, expresión y empresa. La Directiva 2019/790, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital es un buen exponente de los cambios que ya se han producido y de los que se avecinanArticle
El dret civil de Catalunya(Institut d'Estudis Autonòmics, Generalitat de Catalunya, 2024-12-20) Arroyo Amayuelas, EstherLa codificació civil espanyola no va comportar la uniformitat del dret i això, juntament al reconeixement constitucional de la pluralitat legislativa, va afavorir el desenvolupament del dret civil català. És un desenvolupament en forma de compilacions, lleis especials i codis sectorials, que ha vingut condicionat per la interpretació més o menys àmplia de la competència autonòmica per part del Tribunal Constitucional en cada moment. Últimament, s’ha endegat un procés codificador global a Catalunya. El Codi civil proporciona racionalitat i seguretat jurídica, però són també raons polítiques les que aconsellen optar per aquesta tècnica de consolidació del dret. D’altra banda, la capacitat d’adaptació dels codis als canvis contribueix a mantenir la seva vigència i validesa com a instrument de cohesió social.